¿Qué establecimientos están obligados a tener el Visto Bueno de Seguridad y Operación?
Se exige para edificaciones e instalaciones con actividad mercantil o pública —en particular centros de reunión y locales con aforo (p. ej. salones de eventos, centros nocturnos, gimnasios, bares, restaurantes con aforo importante, escuelas, hospitales y similares)— y, en general, para quienes deban demostrar condiciones mínimas de seguridad ante la autoridad.
¿Cada cuánto se renueva el Visto Bueno en CDMX?
Por regla general se renueva cada 3 años; sin embargo, ciertos centros de reunión (cabarets, discotecas, peñas, bares, salones de baile o similares) requieren renovación anual. Además debe renovarse dentro de los 60 días hábiles si se realizan cambios en la edificación o instalaciones.










