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Impuesto al Consumo en Restaurantes

¿Qué es el INC y a quién aplica en gastronomía?

El Impuesto Nacional al Consumo (INC) para restaurantes y bares grava con una tarifa del 8 % el expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, así como el servicio de catering. Aplica sin importar si el consumo es en el local, para llevar o a domicilio. Es un tributo indirecto que recauda el establecimiento y traslada a la DIAN.

Diferencia con el IVA y el rol de las franquicias. Como regla general, el servicio de restaurante está excluido del IVA y sujeto al INC (8 %); sin embargo, si el servicio se presta bajo contrato de franquicia, no aplica el INC y se causa IVA a la tarifa general. Esta excepción cubre las ventas en salón, para llevar y a domicilio.

Tarifa, base gravable y precios al público

Tarifa. La tarifa del INC en restaurantes es 8 %.

Base gravable. La base se compone del precio total del consumo, incluidas las bebidas acompañantes y cualquier valor adicional. La propina voluntaria no forma parte de la base, y los alimentos excluidos de IVA que se vendan sin transformación (p. ej., una fruta empacada sin preparar) no entran en la base del INC.

Cómo mostrar precios. El impuesto debe discriminarse en la factura/tiquete y debe estar previamente incluido en la lista de precios al público (carta física o digital). En otras palabras, el precio que ve el cliente ya incluye el INC.

Mini-calculadora práctica del 8 %

A) Parto de precio “neto” sin impuesto

  • Plato neto: $23.000
  • INC (8 %): 23.000 × 0,08 = $1.840
  • Precio al público (con INC incluido): 23.000 + 1.840 = $24.840

B) Parto de precio al público (con INC incluido) y quiero desglose

  • Precio en carta: $25.000
  • Base: 25.000 ÷ 1,08 = $23.148 (redondeado)
  • INC incluido: 25.000 − 23.148 = $1.852

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¿Estoy obligado? El umbral de 3.500 UVT y otras condiciones

No todas las personas naturales que prestan servicios de restaurante deben cobrar el INC. No son responsables del INC quienes cumplan simultáneamente: (i) ingresos brutos del año anterior inferiores a 3.500 UVT y (ii) máximo un establecimiento de comercio. Si no se cumplen ambas, se es responsable del INC. Además, si una persona natural va a celebrar una operación individual igual o superior a 3.500 UVT, debe inscribirse previamente como responsable.

Factura y RUT. Si eres responsable del INC debes facturar (factura electrónica o documento equivalente) y discriminar el impuesto. Verifica que el RUT y responsabilidades estén actualizados.

Casos especiales que generan dudas

Delivery y para llevar (incluye plataformas)

El hecho de entregar la comida a domicilio o para llevarno cambia la naturaleza del servicio: sigue siendo expendio de comidas preparadas, por lo que aplica INC (8 %) salvo que se trate de una franquicia (caso en el que aplica IVA).

Combos con productos excluidos

Si en un combo se venden preparaciones junto con productos excluidos de IVA sin transformación (p. ej., una botella de agua), ese valor excluido no integra la base del INC; el resto del combo sí. Documenta el precio unitario de cada componente para soporte.

Catering y alimentación bajo contrato

La prestación de alimentación por contrato (incluye catering) está sujeta al INC (8 %), salvo franquicias que van por IVA. Revisa el contrato y verifica responsabilidades antes de facturar.

Hospitales y clínicas

La alimentación a pacientes forma parte del servicio de salud (excluido de IVA), pero cafeterías abiertas al público dentro de hospitales no comparten esa exclusión y siguen reglas generales (INC u IVA si es franquicia).

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Errores frecuentes y cómo evitarlos

  • Cobrar INC sin ser responsable. Ocurre cuando la persona natural no supera 3.500 UVT y solo tiene un establecimiento. Verifica tu condición antes de cobrar/retener.
  • No incluir el impuesto en la lista de precios. La carta (física o digital) debe exhibir precios con INC incluido.
  • Confundir franquicia con marca. Usar una marca no te hace franquicia; pero si existe contrato de franquicia, no hay INC y sí hay IVA. Revisa contratos y tu RUT.
  • Delivery mal parametrizado. Cambiar de salón a domicilio no cambia el impuesto aplicable. Mantén plantillas y POS alineados.
  • Señalización y atención al cliente. Publica tu RUT visible, discrimina el impuesto en la factura, y capacita al equipo para explicar la diferencia IVA vs. INC con casos prácticos.

Monitoreo opiniones y satisfacción: si detecto fricciones por “cobros extra”, reviso texto del menú, responsabilidades en el RUT y el desglose del comprobante para corregir de inmediato.

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Preguntas Frecuentes

8 % sobre la base gravable del servicio.

No. La propina voluntaria no hace parte de la base del INC.

Sí, si no eres franquicia. El servicio de restaurante para llevar o a domicilio sigue sujeto a INC; si es franquicia, aplica IVA.

Personas naturales con ingresos < 3.500 UVT en el año anterior y máximo un establecimiento; para contratos individuales ≥ 3.500 UVT deben inscribirse como responsables antes de celebrar la operación.

Sí. El impuesto se incluye en la lista de precios y se discrimina en la factura.

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